{"id":672,"date":"2024-01-22T12:22:28","date_gmt":"2024-01-22T18:22:28","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lra.mx\/?p=672"},"modified":"2024-01-22T12:22:28","modified_gmt":"2024-01-22T18:22:28","slug":"el-reglamento-de-participacion-por-formacion-de-la-federacion-mexicana-de-futbol","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lra.mx\/en\/el-reglamento-de-participacion-por-formacion-de-la-federacion-mexicana-de-futbol\/","title":{"rendered":"The Participation Regulation for Training of the Mexican Football Association"},"content":{"rendered":"<p>Por Juan Manuel L\u00f3pez Ruiz. <\/p>\n\n\n\n<p>A partir de este torneo, la Federaci\u00f3n Mexicana de F\u00fatbol ha empezado a aplicar su reglamento de Participaci\u00f3n por Formaci\u00f3n, para transferencias y operaciones que se generen dentro del mercado nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante tomar en consideraci\u00f3n que FIFA establece reglas para el pago de la Participaci\u00f3n por Formaci\u00f3n dentro del entorno internacional, es decir, en jugadores que son transferidos entre Clubes de diferente nacionalidad, o bien, cuya transferencia o registro tiene un car\u00e1cter de internacionalidad. En lo que se refiere a las transferencias nacionales, FIFA no interviene; sin embargo, a \u00faltimas fechas, ha obligado a las asociaciones nacionales a establecer reglamentos de participaci\u00f3n por formaci\u00f3n internos en lo que se refiere a transferencias locales.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full is-resized\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" width=\"1920\" height=\"1200\" src=\"https:\/\/www.lra.mx\/wp-content\/uploads\/2024\/01\/portada-9.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-764\" style=\"aspect-ratio:1.6;width:838px;height:auto\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Como consecuencia, la Federaci\u00f3n Mexicana de F\u00fatbol, despu\u00e9s de muchos intentos, public\u00f3, en Julio del 2020, el Reglamento de Participaci\u00f3n por formaci\u00f3n para transferencias internas, mismo que aplica a partir del torneo Clausura 2021. Este reglamento sustituye al reglamento de Formaci\u00f3n que exist\u00eda en la FMF desde la temporada 2008-2009, mismo que, pr\u00e1cticamente, no tuvo aplicaci\u00f3n, debido, primeramente, a lo complicado de los plazos para ejercer el cobro y, adem\u00e1s, a las bajas cantidades de formaci\u00f3n a cubrir \u2013 se establec\u00eda un m\u00e1ximo de cien mil pesos como monto m\u00e1ximo a pagar a un club formador, dependiendo de su categor\u00eda \u2013 lo cual gener\u00f3 que el Reglamento pasara casi desapercibido.<\/p>\n\n\n\n<p>Despu\u00e9s de analizar diferentes propuestas, la Federaci\u00f3n Mexicana de F\u00fatbol emiti\u00f3 el nuevo reglamento, que, en principio, es un gran avance para los clubes formadores: Se establecen montos similares de formaci\u00f3n a los que establece FIFA para transferencias internacionales en el \u00e1rea de CONCACAF: $ 2,000.00 USD anuales para los clubes formadores entre los 12 y los 15 a\u00f1os del jugador, y $ 40,000.00 USD anuales para los clubes formadores entre los 16 y los 21 a\u00f1os del jugador.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, es necesario analizar los conceptos y momentos en que la formaci\u00f3n procede en el Reglamento de Formaci\u00f3n de la FMF. Es de todos conocido que, el Reglamento sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores de FIFA establece dos momentos para el pago de la Formaci\u00f3n: a) El momento en que el jugador firma su primer contrato como profesional, caso en el que todos los clubes formadores tienen derecho a cobrar la formaci\u00f3n y, b) El momento en el que un jugador, ya profesional, es transferido entre clubes de dos diferentes asociaciones antes de cumplir los 23 a\u00f1os, caso en el que \u00fanicamente tiene derecho al cobro de la formaci\u00f3n el \u00faltimo club en el que el jugador particip\u00f3 antes de la transferencia.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" width=\"6000\" height=\"4000\" src=\"https:\/\/www.lra.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/02\/syed-ali-PDbr_bFHvL4-unsplash-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-679\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Pues bien, el reglamento de la FMF establece los siguientes momentos para que el cobro de la formaci\u00f3n sea procedente: a) Cuando el jugador sea registrado por primera vez en la Liga Mx y b) Cuando un jugador que se encuentre registrado en Expansi\u00f3n Mx con carnet \u00fanico, Sub 20 o Sub 17, y participe en Liga Mx un m\u00ednimo de 765 minutos en la Liga Mx. Para la procedencia de la formaci\u00f3n, es necesario que alguno de estos supuestos se de antes de finalizar la temporada en la que el jugador cumpla 23 a\u00f1os de edad.<\/p>\n\n\n\n<p>El Reglamento precisa que el pago de la formaci\u00f3n se har\u00e1 una sola vez, a todos los clubes formadores, siempre y cuando: a) no hayan rescindido unilateralmente el contrato del jugador, o hubieran sido condenados por alguna autoridad por terminaci\u00f3n unilateral sin justa causa del contrato del jugador y, b) No lo hubieran transferido con costo a otro club.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunque estos supuestos parezcan evidentes, el segundo de ellos no lo es tanto: un club formador que vende a un jugador o lo transfiere con costo, a\u00fan en forma temporal, pierde el derecho de cobrar formaci\u00f3n. Esto puede parecer malo, sin embargo, s\u00ed establece un monto base para la transferencia con costo de un jugador: Si el jugador se vende o se presta con costo, se pierde la posibilidad de cobrar hasta $ 40,000.00 USD al a\u00f1o, as\u00ed que los clubes formadores deben tener siempre presente este monto.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, uno de los art\u00edculos del Reglamento por Formaci\u00f3n establece un requisito para la procedencia del pago que, a nuestro juicio, s\u00ed puede limitar mucho la cantidad de operaciones que ameriten el pago a los clubes formadores. El art\u00edculo octavo del reglamento establece que, para que proceda el pago de la indemnizaci\u00f3n por formaci\u00f3n, es necesario que el jugador sea registrado en la Liga Mx como jugador libre de contrato o sea transferido sin costo. Este punto s\u00ed puede afectar sensiblemente a los clubes formadores, quienes no podr\u00edan tener decisi\u00f3n en la forma en que el club cedente transfiera al jugador al club cesionario, y ver\u00edan afectados sus derechos como clubes formadores.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, el Reglamento establece otro requisito para que los clubes formadores puedan recibir los montos que les corresponden por la formaci\u00f3n: Deben estar al corriente en sus cuotas y obligaciones con la FMF y el resto de los afiliados. As\u00ed, los clubes formadores deben tener especial cuidado en no tener adeudos, ya que esto implicar\u00eda perder el derecho a cobrar.<\/p>\n\n\n\n<p>El Reglamento por Formaci\u00f3n establece que los montos que deban cobrar los clubes formadores deber\u00e1n ser calculados en autom\u00e1tico por la Federaci\u00f3n y entregar los montos directamente a los clubes. Esto, en principio, podr\u00eda hacernos pensar que no es necesario estructurar ninguna estrategia de formaci\u00f3n de jugadores; sin embargo, los clubes que obtienen buena parte de sus ingresos en la formaci\u00f3n y venta de jugadores, requieren hacer una estrategia legal integral para que estos montos no se vean comprometidos, y puedan cobrar, de una u otra manera, la formaci\u00f3n realizada a sus jugadores.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p><a href=\"https:\/\/fmf.mx\/docs\/Reglamentos\/Reglamento_de_Formacion_2020.pdf\">https:\/\/fmf.mx\/docs\/Reglamentos\/Reglamento_de_Formacion_2020.pdf<\/a><\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>By Juan Manuel L\u00f3pez Ruiz. 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